Entre ayer y hoy se ha publicado abundante información en la página del Ministerio de Justicia. Os ponemos, a continuación, de forma ordenada, la de cada cuerpo.
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Vistos los recursos presentados a la publicación de los listados definitivos y, con la única finalidad de evitar a los recurrentes daños de difícil o imposible reparación, como podría ser el hecho de no permitirle la participación en el proceso selectivo y que una vez finalizado el mismo pudiera una sentencia estimatoria de sus pretensiones acordar que se les admitiera al proceso selectivo, se autoriza a los siguientes demandantes a realizar las pruebas selectivas, pero NO se corregirán sus ejercicios hasta que, exista, si fuera el caso, sentencia que ordena la admisión.
Vistos los recursos presentados a la publicación de los listados definitivos y, con la única finalidad de evitar a los recurrentes daños de difícil o imposible reparación, como podría ser el hecho de no permitirle la participación en el proceso selectivo y que una vez finalizado el mismo pudiera una sentencia estimatoria de sus pretensiones acordar que se les admitiera al proceso selectivo, se autoriza a los siguientes demandantes a realizar las pruebas selectivas, pero NO se corregirán sus ejercicios hasta que, exista, si fuera el caso, sentencia que ordena la admisión.
AULAS TR LIBRE MADRID-MINISTERIO J.
Se publican las listas, por orden alfabético, con las aulas asignadas para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, en el ámbito Madrid-Ministerio J.
Fecha de examen: 27-5-2023
Lugar: Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad Autónoma de Madrid (Ciudad Universitaria de Cantoblanco).-Edificio de Ciencias: C/ Francisco Tomás y Valiente, 5. 28049 Madrid
Observaciones: Sólo se admitirá la entrada en el edificio de la Facultad a las personas que se vayan a examinar, debiendo permanecer fuera de dicho edificio los acompañantes y familiares.Hora de llamamiento: 9:00 |
Vistos los recursos presentados a la publicación de los listados definitivos y, con la única finalidad de evitar a los recurrentes daños de difícil o imposible reparación, como podría ser el hecho de no permitirle la participación en el proceso selectivo y que una vez finalizado el mismo pudiera una sentencia estimatoria de sus pretensiones acordar que se les admitiera al proceso selectivo, se autoriza a los siguientes demandantes a realizar las pruebas selectivas, pero NO se corregirán sus ejercicios hasta que, exista, si fuera el caso, sentencia que ordena la admisión.
Tú sólo estudia