Información Oposiciones de Justicia

Oposiciones de Tramitación procesal y Auxilio judicial

Información General Oposiciones de Justicia

A continuación encontrarás información general sobre las Oposiciones de Justicia. Una guía fundamental en la que damos respuesta a las diez cuestiones clave relacionadas con la preparación de las oposiciones de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal.

Índice de contenidos

1. ¿Qué son las Oposiciones de Justicia?

2. ¿Qué diferencias existen entre Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal?

3. ¿Qué formas de acceso existen a la Administración de Justicia?

4. ¿Las Oposiciones de Justicia son libres en las que sólo cuentan los exámenes o se valoran otros méritos como haber trabajado, cursos, titulaciones…?

5. ¿Las Oposiciones de Justicia son oposiciones nacionales o territorializadas?

6. ¿En qué territorios me puedo presentar?

7. ¿Si apruebo puedo obtener destino en la provincia donde vivo?

8. ¿Cada cuánto tiempo se convocan las Oposiciones de Justicia?

9. ¿Puedo trabajar como interino si no saco la oposición?

10. ¿Cuánto tiempo se tarda en preparar las oposiciones de Auxilio Judicial y Tramitación Procesal?

¿Qué son las oposiciones de Justicia?

Las oposiciones de Justicia son las que te permiten acceder, como funcionario, a cualquiera de los cuerpos generales de la Administración de Justicia. Estos cuerpos, de menor a mayor categoría, serían los siguientes: Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal.

¿Qué diferencias existen entre Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal?

Si quieres conocer las diferencias entre los tres cuerpos en cuanto a requisitos de acceso, temario, tipos de examen, sueldo de cada uno, etc. te recomendamos consultar esta sección de nuestra web, donde encontrarás esa y otra información de forma organizada:

¿Qué formas de acceso existen?

Para acceder a Auxilio Judicial, que es el cuerpo inferior, sólo existe la vía del turno libre.

Para Tramitación Procesal y Gestión Procesal existe tanto el turno libre (para gente “de la calle”) como la promoción interna (para los que son funcionarios del cuerpo inferior al convocado). Por la vía de la promoción interna, quien ya es funcionario de Auxilio Judicial puede acceder al cuerpo de Tramitación Procesal y quien ya es funcionario del cuerpo de Tramitación Procesal puede acceder al cuerpo de Gestión Procesal.

Debes saber que ambos turnos (libre y promoción interna) se convocan de forma separada, por lo que la gente “de la calle” no compite con «los de dentro». Cada cupo tiene reservadas sus propias plazas.

Y también debes ser consciente de que aprobar por promoción interna es más fácil que por turno libre, por lo que la prioridad es entrar en la Administración de Justicia, aunque sea por el cuerpo inferior, pues luego podrás promocionar de forma más fácil.

¿Son oposiciones libres en las que sólo cuentan los exámenes o se valoran otros méritos como haber trabajado, cursos, titulaciones…?

El art. 484 de la LOPJ, establece que «El acceso a los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia se efectuará a través de los sistemas y en los términos establecidos en el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público«.

Si acudimos a dicho Estatuto Básico del Empleado Público, en su art. 61, apartado 6, se dispone literalmente lo siguiente:

«Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.

Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos«.

De lo anterior podemos deducir que el Ministerio de Justicia, cada convocatoria, podrá optar entre oposición o concurso-oposición, que serían, por tanto, los sistemas de ingreso ordinarios; y, muy excepcionalmente, como ocurrió con los procesos de estabilización convocados en el año 2022, concurso de méritos, que sería un sistema extraordinario.

De entre los dos sistemas ordinarios disponibles (oposición libre o concurso-oposición) el Ministerio de Justicia se ha decantado, tradicionalmente, por la oposición libre (sólo exámenes, sin méritos) para el turno libre (esto es, «gente de la calle») y por el concurso-oposición (exámenes + méritos) para la promoción interna (esto es, para los que  ya son funcionarios y desean promocionar al cuerpo superior).

Esta forma de proceder está apoyado por lo dispuesto en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia que establece que «Más allá de este esquema se determinan los procedimientos selectivos, en los que los sistemas comunes son la oposición y el concurso-oposición, aunque la utilización de este segundo sistema se configura con un carácter excepcional para el turno libre«.

¿Las Oposiciones de Justicia son oposiciones nacionales o territorializadas?

Los funcionarios de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal son de carácter nacional. Esto implica que la convocatoria es única para todo el territorio: mismos exámenes mismos días en todos los territorios. No obstante, pese a ello, las convocatorias de las oposiciones de justicia están territorializadas. Esto quiere decir que te puedes presentar por un territorio concreto (nunca más de uno) y ahí es donde vas a obtener tu primer destino. Una vez transcurran dos años en tu primer destino te “descongelas” y puedes participar en los concursos de traslados y pedir plaza en cualquier parte de España. No te preocupes que, en muchos casos, no hay que esperar dichos dos años, ya que van saliendo comisiones de servicio/sustituciones que permiten obtener destino temporalmente en el mismo u otros territorios.

¿En qué territorios me puedo presentar?

Los territorios que en las últimas convocatorias (alguna convocatoria no lo han hecho) han sacado sus propias plazas para su territorio son los siguientes:

  • Andalucía.
  • Aragón.
  • Asturias.
  • Canarias.
  • Cantabria.
  • Cataluña.
  • Comunidad Valenciana.
  • Galicia.
  • La Rioja.
  • Madrid.
  • Navarra.
  • País Vasco.
  • Ministerio de Justicia (engloba todos los territorios que no ofertan plazas de forma separada).

Si tu territorio se engloba en “Ministerio de Justicia” porque no ha ofertado plazas de forma separada tu primer destino será en cualquiera de los territorios que lo componen según tu puntuación final en el proceso selectivo, que es la que determina el orden por el que los opositores que han obtenido plaza eligen su primer destino.

Es la oferta de empleo público de cada año y la ulterior convocatoria la que desglosa los territorios que convocan y el número de plazas de cada uno.

¿Si apruebo puedo obtener destino en la provincia donde vivo?

El primer destino que obtengas podrá ser en cualquier parte del territorio en el que te hayas presentado. Como se ha indicado, los opositores que han obtenido plaza eligen destino por orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo. Consulta los territorios que pueden ofertar plazas de forma separada en el apartado anterior.

¿Cada cuánto tiempo se convocan las oposiciones de Justicia?

Para que pueda haber convocatoria de oposiciones es necesario que previamente se haya aprobado la oferta de empleo público. En la oferta de empleo público, de carácter anual, se determina el número de plazas que se pueden convocar. La oferta de empleo público suele aprobarse y publicarse en el primer trimestre de cada año aunque en alguna ocasión se han retrasado.

Posteriormente, la convocatoria es la que determina las condiciones de acceso a dichas plazas. La convocatoria se puede efectuar anualmente o, como ha ocurrido en anteriores ocasiones, acumulando las ofertas de empleo correspondientes a dos años. Esto provoca que se puedan convocar anualmente o bienalmente según se refieran a una oferta de empleo o a dos ofertas de empleo.

En tiempos de crisis, en tanto servicio esencial, y salvo contadas excepciones, Justicia ha mantenido oferta de empleo, a diferencia de otros sectores donde han sido “congeladas” completamente.

En el siguiente enlace pueden consultarse las convocatorias y ofertas de empleo de los últimos años.

¿Puedo trabajar como interino si no saco la oposición?

El hecho de aprobar algún ejercicio o incluso simplemente presentarse puede ser un requisito para poder acceder a las bolsas de trabajo que te permitirían trabajar como interino en la Administración de Justicia.

Consulta la normativa de bolsa de interinos de tu comunidad para conocer los requisitos exigidos para acceder a ella.

En cualquier caso, el objetivo debe ser que obtengas tu plaza como funcionario titular.

¿Cuánto tiempo se tarda en preparar las oposiciones de Justicia?

Es difícil concretar el tiempo que se puede tardar en preparar estas oposiciones, ya que depende de muchos factores. Por mencionar algunos…

  • Capacidad de memorización del alumno.
  • Tiempo de estudio del que dispone el mismo.
  • Facilidad del alumno para la materia.
  • Número de plazas convocadas.
  • Regularidad de la convocatoria.
  • Y un largo etcétera.

Desde nuestra experiencia, hemos visto de todo, desde alumnos que han sacado plaza estudiando unos seis meses (o incluso menos) hasta alumnos que llevan años y no lo han conseguido o han terminado abandonando.

Por lo anterior es difícil dar un promedio del tiempo que se tarda en sacar la oposición ya que las circunstancias son muy cambiantes pero, desde nuestro punto de vista, un año o año y medio, si te tomas la oposición en serio, puede llevarte a tu mejor nivel de preparación. La clave está en que la convocatoria llegue de manera oportuna. Ponemos dos ejemplos.

Ejemplo 1: Una persona empieza a preparar y le coinciden los exámenes al año o año y medio de empezar y saca la plaza tras dicho año o año y medio de estudio. ¡Le ha cuadrado perfecto!

Ejemplo 2: Una persona empieza a preparar y a los siete meses son los exámenes. No saca la plaza porque no había afianzado bien los conocimientos. Resulta que después de su convocatoria no hay al año siguiente, porque el Ministerio decide acumular las plazas a la convocatoria del siguiente año lo cual tiene lugar casi a final de año. Desde la convocatoria, hasta los exámenes pasan varios meses. Como podéis ver, en este ejemplo, el tiempo de preparación se ha alargado bastante, por causa no imputable al opositor.

La clave está en empezar a prepararlas y, una vez se empieza, seguir con regularidad. Estas oposiciones no las aprueba el más listo, sino el más constante. Es una certeza a la que hemos llegado tras muchos años de preparación.

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