Oposiciones de Justicia: Cambios en el programa oficial de la oposición, fecha de exámenes y tribunales calificadores

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Oposiciones de Justicia: Cambios en el programa oficial de la oposición, fecha de exámenes y tribunales calificadores

Publicación en BOE

En el BOE de hoy han publicado una modificación del temario de la oposición. Si bien el cambio se refiere a la promoción interna (Gestión Procesal y Tramitación Procesal), es previsible que estos nuevos contenidos sean los que recojan las convocatorias de turno libre, una vez salgan. Asimismo, se nombran los tribunales calificadores.

Cambios en el temario de Gestión Procesal (promoción interna)

Los siguientes temas quedan con los siguientes contenidos:

a) En el tema 8, el epígrafe «El proceso especial para la incapacitación de las personas: Competencia; legitimación; personación del demandado; especialidades procedimentales; la Sentencia. La reintegración de la capacidad y la modificación del alcance de la sentencia de incapacidad» queda sustituido por el siguiente:

«Los procesos sobre la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad: competencia y legitimación; pruebas preceptivas en primera y en segunda instancia; la sentencia; la revisión de las medidas de apoyo judicialmente adoptadas.»

b) Los temas 18, 19 y 20 relativos al Registro Civil quedan redactados como siguen:

«Tema 18. El Registro Civil: legislación vigente. Naturaleza, contenido y competencias. Derechos y deberes ante el Registro Civil y principios de funcionamiento. Estructura del Registro Civil. las Oficinas del Registro Civil: Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares y sus funciones.

Tema 19. Títulos que acceden al Registro Civil. Los asientos registrales y sus clases: reglas generales para su práctica, inscripciones, anotaciones registrales y cancelaciones. Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil: Inscripción de nacimiento y filiación; inscripciones relativas al matrimonio; inscripción del fallecimiento. Otras inscripciones.

Tema 20. Publicidad del Registro Civil: medios de publicidad. Las certificaciones y sus clases. Datos con publicidad restringida y acceso a asientos con datos especialmente protegidos. Régimen de recursos frente a decisiones adoptadas en materia de registro civil. Los procedimientos registrales: reglas generales para su tramitación y legitimación para promoverlos. Rectificación de los asientos del Registro Civil: rectificación judicial y rectificación por procedimiento registral. Las declaraciones con valor de simple presunción. Normas sobre derecho internacional privado.»

Cambios en el temario de Tramitación Procesal (promoción interna)

Los temas 18 y 19 relativos al Registro Civil quedan redactados como siguen:

«Tema 18. El Registro Civil. Estructura del Registro Civil. las Oficinas del Registro Civil: Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares y sus funciones. Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil.

Tema 19. Las inscripciones: Inscripción de nacimiento y filiación; inscripciones relativas al matrimonio; inscripción del fallecimiento. Otras inscripciones. Certificaciones. Expedientes del Registro Civil.»

Fecha de exámenes

En relación al plazo de realización de exámenes, se ha declarado los meses de julio y agosto de cara al cómputo de los cuatro meses que deben mediar como máximo.

En relación con el apartado 7.1 de las convocatorias y el plazo de cuatro meses fijado para la realización del primer ejercicio desde la publicación de las mismas, declarar la inhabilidad del mes de agosto y, de manera extraordinaria, también la del mes de julio para evitar la realización de exámenes en un período tan ajustado en el que las circunstancias de una parte importante de las personas aspirantes, ya funcionarios y funcionarias de carrera, así como de los miembros de los Tribunales calificadores y del personal que da soporte a los mismos, puedan dar lugar a dificultades organizativas adicionales.

Nombramiento de los Tribunales Calificadores

Nombrar los Tribunales Calificadores Únicos de los procesos selectivos para ingreso, por sistema de acceso por promoción interna, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa, que figuran en los anexos I y II respectivamente de estar resolución, que tendrán las categorías que figuran en la base 6 de las Órdenes de convocatoria, de acuerdo con el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Los Tribunales Delegados y las Unidades de Colaboración se publicarán en un momento posterior, en todo caso, antes o simultáneamente a las resoluciones que hagan públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en los respectivos procesos selectivos.

Contra la presente orden, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Ministra de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–administrativa. En caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

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