¿Habrá convocatoria de Oposiciones de Justicia en 2022? ¿Tengo opciones de aprobar sin méritos?

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¿Habrá convocatoria de Oposiciones de Justicia en 2022? ¿Tengo opciones de aprobar sin méritos?

A raíz de la última mesa celebrada ayer, día 28 de febrero, entre Administración y sindicatos, muchos nos estáis preguntando, tras la lectura de la información publicada por los diferentes sindicatos, si finalmente va a haber convocatoria este año, ya que, por un lado, se habla de acumular las ofertas de 2019 y 2022 y, por otro lado, empezar a negociar las bases para las ofertas de 2021 y 2022.

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¿Esto implica retrasos que impidan convocar este año las oposiciones de justicia?

Pues, en principio, no, al menos en lo que respecta a convocar las ofertas de 2019 y 2022. Según la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público la oferta extraordinara que ha de aprobarse este año tiene que serlo, por mandato legal, antes del 1 de junio de 2022 y la convocatoria de dichas plazas antes del 31 de diciembre de 2022. Así se dispone literalmente en el art. 2.2 de la referida Ley:

«Las ofertas de empleo que articulen los procesos de estabilización contemplados en el apartado 1, así como el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022 y serán coordinados por las Administraciones Públicas competentes.

La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022«.

Al convocarse de forma acumulada las ofertas de 2019 y 2022, las dos tendrían que ver la luz antes de que acabe este año. ¡Esperemos, por los que lleváis más tiempo preparando, que no agoten los plazos!

Con respecto a las OEP 2020 y 2021, no están sujetas a dichos plazos, pero el Ministerio de Justicia, según la información hecha pública por los sindicatos, ha propuesto negociar las bases de la convocatoria. Así que cruzamos los dedos para que no esperen a que concluya completamente el proceso selectivo referido a las ofertas de empleo 2019 y 2022 y que los sindicatos presentes en mesa insten al Ministerio de Justicia a que se vuelva al sistema de oposición libre (sin fase de méritos), que ya toca… Porque vemos mucha presión para que se convoque una oferta extraordinaria de plazas para la promoción interna y luego todo lo de la estabilización del empleo interino, pero ¿qué pasa con los opositores libres? Ya es hora de que se os tenga en cuenta también.

¿Qué sistema de convocatoria se va a emplear?

Aquí tenemos que distinguir entre las diferentes ofertas:

OEP 2019 + OEP 2022

Las plazas que se aprueben van a fusionar, según lo informado en la última mesa de negociación, las plazas de las OEP 2019 y las que se aprueben como OEP 2022. Estas plazas se tienen que desglosar, por mandato de la referida ley de estabilización, de dos formas:

  1. Las plazas estructurales de más de 3 años y menos de 6 años ocupadas por interinos de forma ininterrumpida saldrán a concurso-oposición.
  2. Las de más de 6 años saldrán a concurso de méritos (sin fase de oposición).

El número de cada bloque está aún por determinar. El resto de plazas, por ejemplo plazas de nueva creación, jubilaciones, etc. lo normal sería que se sumaran a las que se han de convocar por concurso-oposición, pues es el sistema de ingreso que estaba pactado entre Ministerio de Justicia y sindicatos para la OEP 2019. De todas formas, ojalá recapacitaran y aceptaran la propuesta del sindicato SPJ-USO de sacar plazas también para su cobertura por el sistema de oposición libre. En nuestra oponión sería lo más justo, pues dejaría a salvo también los interses de aquellas personas que llevan tiempo estudiando y carecen de puntos suficientes para la fase de méritos.

OEP 2020 + 2021

Estas ofertas, ya aprobadas, no incluyen plazas de estabilización, así que no se deben ver afectadas por la mencionada Ley 20/2021. Según la última mesa, parece que la intención es convocarlas de forma acumulada y empezar a negociar las bases, como os hemos indicado líneas más arriba ¿Qué sistema de convocatoria deben emplear? Pues según el art. 484 de la LOPJ «El acceso a los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia se efectuará a través de los sistemas y en los términos establecidos en el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público«. Y si acudimos a dicho Estatuto, su artículo, 61.6 dispone al respecto que «Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación«.  Es decir, la OEP 2020+2021 debería convocarse de cualquiera de esas dos formas, sin que, hasta la fecha, se haya concretado cuál de ellas será, pero es lo que se debe negociar ahora. Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos, que es lo que ha ocurrido con la OEP 2019+2022, para que las que la Ley 20/2021 contempla, como hemos indicado, el concurso de méritos para las plazas de más de 6 años.

¿Tengo opciones de sacar plaza si tengo pocos méritos? ¿Alguna alternativa?

Esta es otra pregunta que nos hacéis mucho. La respuesta inmediata es que, lógicamente, no contar con méritos es un hándicap importante, e incluso puede llegar a ser insalvable. Tenemos el ejemplo de la última conocatoria: si bien en Gestión Procesal (por ejemplo en el territorio de Andalucía) la fase de méritos sólo sirvió para determinar el orden de elección de destino, ya que superaron la fase de oposición menos personas que plazas convocadas había; en cambio en Tramitación Procesal gente que puntuaciones excelentes se han quedado fuera (sin plaza) por no contar con méritos. Es decir, en Gestión no fue determinante pero en Tramitación sí lo fue bastante.

¿Qué hacer entonces? Una cosa parece clara, y es que la OEP 2019 + 2022 se tiene que convocar este año 2022. Otra cosa clara es que el sistema de concurso-oposición, como ha demostrado la última convocatoria, hace bajar las cortes necesarios para superar la fase de oposición. Así que una buena estrategia, para aquellos que aspiráis a trabajar en Justicia pero no disponéis de los puntos necesarios para la fase de concurso, es pasar los cortes en la próxima convocatoria, lo que os permitiría aspirar a entrar en las diferentes bolsas de trabajo de personal interino autonómicas que exigen el requisito del aprobado del primer ejercicio de la oposición. Eso como objetivo más inmediato. Y, mientras tanto, seguir preparando de cara a la convocatoria de las OEP 2020 y 2021, donde, concluido ya el proceso de estabilización para reducir la temporalidad, la fase de méritos (de mantenerse), lo lógico sería que perdiera peso (o despareciera si volvemos a la oposición libre). Hemos visto como opositores que durante los años de convocatorias por el sistema de oposición libre, donde los cortes eran elevados, no fueron capaces de superar el primer ejercicio de la oposición y, por tanto, no han podido entrar en bolsa; y cuando fue concurso-oposición y los cortes bajaron, no se han presentado por consideraron que no disponían de méritos suficientes. Y el resultado es que tras años de esfuerzo no tienen ningún ejercicio aprobado y no han podido ni siquiera entrar en bolsa. No nos gustaría ver cómo la historia se repite a la inversa, esto es, que opositores que no se quieran presentar ahora porque es concurso-oposición luego, si volvemos a la oposición libre, les resulten imposible superar los cortes para, por lo menos, entrar en las bolsas de interinos.

Esperamos haber arrojado un poquito de luz sobre todo esto, que sabemos es complejo, sobre todo para los que acabáis de aterrizar en la oposición. Si os ha aportado valor, desde ya os damos las gracias por compartir la información con otros opositores 😉

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