Tras las diferentes propuestas por parte de sindicatos y Ministerio de Justicia, que se han ido sucediendo desde el último trimestre del año pasado, hay cierta confusión. Por tanto, a fin de arrojar un poco de luz sobre las novedades de la próxima convocatoria de oposiciones de justicia, os hemos hecho un “recopilatorio” de todo, cotejando las diferentes informaciones ofrecidas por los distintos sindicatos, e intentando simplificarlo al máximo. Nos hemos centrado en Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal. También hemos procurado ir clasificando los cambios en lo que es común para turno libre y promoción interna, para luego pasar a detallar lo específico de cada turno. Respecto a esto último nos hemos encontrado alguna contradicción o falta de claridad en la información sindical, en cuyo caso caso hemos reflejado lo que creemos más exacto o en lo que coincide más de un sindicato.
Deciros, por último, que nos centramos en las novedades, así que, lo que no se menciona, se da por hecho que se mantiene igual que en la anterior convocatoria. Podéis consultar en nuestra web cómo fue la convocatoria anterior para auxilio judicial y para tramitación turno libre. Y, además, tenéis que tener muy claro que toda esta información es PROVISIONAL, ya que se está negociando. Hasta que no publiquen las bases no habrá certeza absoluta de nada 😉
Os recomendamos leer en primer lugar las novedades comunes para luego pasar a leer las específicas del turno (libre o promoción interna) en que estéis interesados. Os ponemos información a continuación:
El sistema de acceso será el concurso oposición 60/40. Es decir 60% de peso para la fase de oposición y 40% de peso para la fase de concurso.
Para pasar a la fase de concurso (méritos) hay que superar la fase de oposición (todos los ejercicios).
Reserva de nota: Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con una nota superior a la mínima fijada, pero no obtengan plaza en el Cuerpo al que se presentan por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de la OEP 2017-2018, quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria de 2019 los ejercicios de la fase de oposición, siempre y cuando se presenten por el mismo Cuerpo, ámbito territorial, y turno, salvo que voluntariamente se presenten a la misma para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la convocatoria de la OEP 2017-2018. No habrá reserva de nota si la OEP 2019 no incluye plazas para la estabilización.
Se establecerá la distribución de plazas entre las distintas CCAA del ámbito no transferido, de tal forma que cualquier opositor que se presente por el ámbito Resto de Península y Baleares, sepa de antemano la distribución de las plazas en dicho ámbito.
Temario: Quieren adaptarlo a las funciones propias de los cuerpos.
Se incluirán supuestos de aplazamiento de realización de ejercicios de igual forma que la prevista para Letrados (enfermedad grave, hospitalización o causa sobrevenida de fuerza mayor, debidamente acreditadas y valoradas por el Tribunal).
Dentro de la fase de concurso, la antigüedad supone el 50% de los puntos máximos posibles. No consta el peso de los restantes conceptos que rigen en cada turno (libre o promoción interna).
Se ha aceptado que se valore el resultado alcanzado en los ejercicios de anteriores procesos de las dos últimas convocatorias y de cualquier cuerpo de la Administración de Justicia.
Se valorarán los cursos de formación impartida u homologada en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de cada convocatoria, por el Ministerio de Justicia, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas de las consejerías de Justicia, o por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas), las universidades públicas y el Servicio Público de Empleo. Que tengan relación con las funciones propias del cuerpo.
Presentarse a varios cuerpos a la vez: Es posible, ya que los ejercicios se realizarán en fechas diferentes.
En cuanto a fecha de convocatoria, aunque la intención del Ministerio es marzo, han manifestado que será poco probable que alcancen dicho objetivo, por lo que nos vamos al segundo trimestre del año, sin poder concretar más.
Cortes de los ejercicios: El corte se establecerá de manera que el primer ejercicio tipo test lo superen 10 personas por plaza como máximo sin que pueda bajar la nota de corte del 60%. Es decir, el corte será mínimo del 60% aunque puede ser superior. Para turno de discapacitados se puede bajar al 50%. Para el segundo y siguientes ejercicios, el corte serál del 60% (si es tipo test) sin ningún límite de aspirantes por plaza.
Méritos que puntúan: Experiencia acreditada en el Cuerpo convocado, experiencia en otros Cuerpos de la Administración de Justicia, el resultado que se hubiera alcanzado en los ejercicios de anteriores procesos de las dos anteriores convocatrias, la titulación de diplomatura, lecenciatura o grado y, para el cuerpo de Letrados, el doctorado en derecho (excepto en los cuerpos Especiales, que se valorará la diplomatura, licenciatura, grado o doctorado adicionales a la especialidad por la que en su caso se concurra) y la formación en la forma que hemos detallado anteriormente (ver novedades comunes).
Los méritos referidos a los ejercicios de las dos convocatorias anteriores y la antigüedad se acreditará de oficio por la Administración.
Posibilidad de presentarse también por turno libre.
Se garantiza el acceso a la promoción interna acreditando el tiempo trabajado como titular, sustituto o interino y también con independencia de si se está en servicio activo o en excedencia en otro Cuerpo.
En cuanto a fecha de convocatoria, aunque la intención del Ministerio es febrero, han manifestado que será poco probable que alcancen dicho objetivo, por lo que veremos a ver si al menos consiguen publicarla antes de que acabe el mes de marzo.
Cortes de los ejercicios: En la fase de oposición, la nota mínima para superar este ejercicio será el 50% de la posible. Los opositores que no alcancen dicha puntuación tendrán la consideración de suspensos.
Cambios en los ejercicios:
Se aplicarán los criterios del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia; así como el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
Respecto a lo anterior, han especificado (mesa del 15/01/2019) que se valorarán las diplomaturas, arquitecturas, ingenierías y el tiempo trabajado en otras administraciones.
No os damos más la paliza. Perdón por el tocho, pero hemos visto necesario poner un poco de orden en toda la información que había por ahí dispersa sobre la PRÓXIMA CONVOCATORIA DE OPOSICIONES DE JUSTICIA. No te olvides de compartir 😉
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