Tramitación Procesal: ¿son correctos los criterios interpretativos de valoración de ejercicios para la fase de concurso?

Imagen última hora oposiciones de Justicia
¡Última hora oposiciones de Justicia!
15 enero, 2021
Calendario Auxilio Judicial
¡Última hora sobre la fecha del examen de Auxilio Judicial!
5 febrero, 2021

Tramitación Procesal: ¿son correctos los criterios interpretativos de valoración de ejercicios para la fase de concurso?

Oposiciones Ministerio de Justicia

En el día de ayer, se publicó en la página del Ministerio de Justicia, en relación con el proceso selectivo del cuerpo de TRAMITACION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto (BOE de 31), el siguiente acuerdo:

Acuerdo sobre criterios de valoración calificaciones OEP 2015-2016

25 de enero de 2021

​Acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se dan a  conocer  los criterios sobre la valoración de méritos de  los ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015 y 2016, según lo establecido en el Anexo I, I-B de la convocatoria de oposiciones

Documentos Asociados

¿Son correctos dichos criterios interpretativos?

Aunque estos criterios interpretativos lleguen algo tarde, a nuestro juicio, era la opción más sensata o coerente el homogeneizar la diferenciación entre ejercicios y pruebas y hacer una valoración homogénea de las dos convocatorias implicadas. Y, además, en conjunto, nos parece el criterio más claro y argumentado que se podía hacer.

La anterior es nuestra opinión, pero, en cualquier caso, bien es verdad que habrá quien se sienta perjudicado por dicha interpretación, especialmente los que no pasaran los cortes de los tipo test de 100 preguntas y sí obtuvieron el 50% de la nota en las segundas pruebas. Como se suele decir, nunca llueve a gusto de todos. Se podrían haber valorado todas las pruebas con más del 50% de la nota, pero es verdad que choca con aquello que decían las convocatorias que en caso de no superarse los cortes, los ejercicios o pruebas ulteriores tenían la consideración de suspensos y no eran corregidos, como se aclara en los criterios de interpretación… A salvo queda el derecho de los que no estéis de acuerdo con los criterios publicados de realizar la impugnación que consideréis oportuna.

https://bazanoposiciones.es

Tú sólo estudia