Subsanación causas de exclusión «E,H» Auxilio Judicial.

nuevos cursos auxilio y tramitacion
Auxilio Judicial y Tramitación Procesal: Nuevos grupos de preparación para septiembre 2020.
20 agosto, 2020
Recordatorio plazo de subsanación listas provisionales admitidos y excluidos
7 septiembre, 2020

Subsanación causas de exclusión «E,H» Auxilio Judicial.

Ahora que ya comienza el plazo de subsanación de las listas provisionales de auxilio judicial, sobre lo que os informábamos y os hacíamos algunas prevenciones en la entrada ¡Última hora! Publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos de auxilio judicial conviene hacer una serie de consideraciones acerca de la causas de exclusión «E,H».

¿Qué significan las causas de exclusión E y H?

Según se indica en el Anexo II de la orden de publicación las causas de exclusión E y H significan:

  • E = Pago insuficiente tasa de examen, o no acreditar exención o reducción.
  • H = No presentar certificado del Servicio Público de Empleo Estatal en los términos de las bases comunes de las convocatorias o no haber sido
    posible su verificación por la Administración.

¿Por qué te han excluido si autorizaste la consulta de los datos y estabas desempleado?

Debes saber que, según lo regulado en las bases comunes, para que sea aplicable la exención de pago de la tasa por causa de desempleo, hay que cumplir una serie de requisitos:

«Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. La justificación de rentas se acreditará mediante la declaración del IRPF del último ejercicio.

La condición de demandante de empleo y la acreditación de las rentas podrá verificarse, siempre que el solicitante no se oponga, por el órgano gestor mediante el acceso a la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio inscripción en pruebas selectivas«.

¿Se han equivocado contigo?

Resulta raro que si reúnes los requisitos mencionados anteriormente y has autorizado la consulta de los datos en la instancia, te hayan excluido por las causas E y H. Lo normal es que, o bien no cumplas el requisito del mes anterior a la convocatoria, hayas rechazado un puesto de trabajo o no hayas realizado una acción formativa propuesta.

Por lo anterior, a menos que de que estés muy seguro de que sí reúnes todos los requisitos mencionados, para no «jugártela», te recomendamos pagar la instancia a modo de subsanación, lo que tendrás que realizar a través de la sede electrónica. ¡Ojo que todos los años se queda gente fuera sin poder presentarse por «aferrarse» a no querer pagar la instancia y no reunir los requisitos…

Recordatorio

Aprovechamos para recordaros el inicio de los nuevos grupos de septiembre:

Curso avanzado de cara a los próximos exámenes de Auxilio Judicial. Inicio el 4 de septiembre. Ver información.

Curso desde cero pensando para la próxima convocatoria. Inicio el 15 de septiembre. Ver información.

Tú sólo estudia