Poco a poco, casi con cuenta gotas, vamos conociendo el resultado de la reunión que se ha celebrado hoy entre el Ministerio de Justicia y los sindicatos presentes en la mesa sectorial de Justicia. Hasta ahora, y aunque informaremos con mayor detalle, esto es lo que se ido sabiendo:
Ya empezamos a retrasar las fechas iniciales dadas. Ahora, la previsión, también PROVISIONAL, es que los primeros exámenes de Gestión se realicen en octubre, los de Tramitación en noviembre y los de Auxilio Judicial en enero.
Empezamos a sospechar que todo esto de la fase de concurso y las baremaciones está pensando para volver loca a la gente. Increíblemente, vuelven a variar el baremo salido de la última reunión y sobre el que os informábamos en la entrada Última hora Oposiciones de Justicia: Novedades en el baremo de la fase de concurso
Los cambios son fundamentalmente en los apartados A y B. Hemos resaltado en azul el texto nuevo y hemos puesto en rojo tachado el texto que han suprimido respecto de lo que teníamos hasta ahora. Es decir, el mismo criterio que seguimos cuando os pasamos las reformas del temario 😉
Tened en cuenta que aunque el siguiente es el baremo de Gestión, no debe variar mucho de lo que finalmente se establezca para Auxilio Judicial y Tramitación Procesal.
Ahora, los méritos quedarían de la siguiente forma:
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos
Dado que, conforme al artículo 475 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la titulación exigida para el acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa es la de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, la puntuación a otorgar en este apartado será la siguiente:
En caso de que el aspirante aporte más de una diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, se valorarán todas las titulaciones adicionales a la exigida para participar en el proceso selectivo con la siguiente baremación:
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 7,5 puntos, con la siguiente baremación.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo, incluidos los del portal Aula Mentor y los del Ministerio y Consejerías de Educación:
Asimismo, conforme al baremo anterior, y bajo las mismas condiciones, se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico.
No se valorarán los cursos siguientes:
A los aspirantes que aporten certificaciones de cursos que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de un título universitario, se les podrá solicitar certificado académico para comprobar que las horas lectivas de dicho curso o cursos no han sido convalidades como créditos universitarios o créditos ECTS.
En caso de que no presentaran la certificación académica requerida o que se comprobase que las horas lectivas del curso o cursos se han utilizado para convalidad asignaturas, de las titulaciones señaladas en el apartado A, no se valoraría dentro de este mérito.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos diez años, y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio o Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo, incluidos los del portal Aula Mentor y los del Ministerio y Consejerías de Educación:
Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 10 o menos horas lectivas.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado B es de 7,5 puntos; hasta 5 puntos en el apartado B-1 “conocimientos jurídicos”, hasta 2,5 puntos en los apartados B-2 “conocimientos de informática”.
ACLARACIÓN: Aunque los cursos de Aula Mentor ya no aparecen mencionados expresamente, al estar impartidos por el Ministerio de Educación, que sí ha sido incluído, dichos cursos deberían seguir siendo válidos y computables.
Máximo 14 puntos.
Por las calificaciones obtenidas en las pruebas del Cuerpo de Gestión:
Por cada examen aprobado de otros Cuerpos Generales, Especiales y Letrados de la Ad. Justicia:
Máximo 33,5 puntos
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